El seguro de responsabilidad civil obligatoria está
destinado a cubrir los daños que podamos ocasionar a terceros como conductores
de nuestro vehículo. Es equivalente a un seguro de coches a terceros, el mínimo
y obligatorio que es posible contratar para circular de manera seguro. No
disponer de este seguro supone la inmovilización del vehículo y la multa
correspondiente. Al contrario la compañía se hace cargo de los daños que se
producen a terceros, es decir, los que provocamos a los demás cuando la culta
del siniestro es nuestra. Daños materiales a las cosas y los animales. Por
ejemplo, los daños causados a otro coche, una farola, un escaparate, el perro
del vecino, etc; daños físicos a las personas, en el caso de atropellar a un
peatón.
Los daños tienen un límite impuesto por ley tanto para daños
corporales como para daños en los bienes, con independencia del número de
vehículos o bienes afectados. Hay que tener en cuenta que en ningún caso cubre
los daños propios del vehículo.
Extraído del Libro Economía para andar por casa.
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